Crear una empresa de inserción

7. CONSTITUCIÓN DE LA EMPRESA

Alcanzado este punto, es el momento de llevar a cabo los trámites administrativos necesarios para la constitución de la empresa. Estos trámites son los mismos que realiza cualquier otra sociedad mercantil o cooperativa.

Este trámite se realiza en el Registro Mercantil Central de Madrid (Solicitud de certificado negativo del nombre o de inexistencia de denominación social coincidente), y trata de certificar que no existe ninguna otra empresa con la misma denominación social. Es un paso importante, puesto que la denominación social será el nombre que identifique a la empresa en la actividad mercantil.

Depositar en una entidad bancaria la aportación del capital social de la empresa por parte de las personas socias. (Mínimo de 3.000 € en caso de ser una S.L.).

Acto por el que las personas socias proceden a la firma de la escritura de Constitución de la Sociedad ante notario.

Este impuesto de carácter foral grava el transvase de capital que se produce de nuestro patrimonio al de la sociedad (capital social).

La realización de este trámite en la Hacienda Foral correspondiente (Araba, Bizkaia o Gipuzkoa), y nos permite obtener un código que sirve para identificar la empresa en todos los ámbitos de trabajo: laboral, fiscal y administrativo. Esta solicitud se debe realizar en el mes siguiente de constitución (Escritura) y previo al inicio de la actividad.

Para empresas mercantiles:

  • REGISTRO MERCANTIL: Es un organismo de la Administración a través del que se realiza la inscripción de las sociedades mercantiles.

Para sociedades laborales:

  • CALIFICACIÓN DE SOCIEDAD LABORAL: En la Comunidad Autónoma del País Vasco, es el Gobierno Vasco quien otorga la calificación de que la sociedad limitada o anónima constituida tiene carácter laboral. Esta calificación se determina según los Estatutos que están suscritos por todos/as los/as socios/as en la Escritura Pública ante Notario.

Para cooperativas de trabajo asociado:

  • CALIFICACIÓN DEL PROYECTO DE ESTATUTOS PARA COOPERATIVAS: Se debe presentar un proyecto de Estatutos al Gobierno Vasco para obtener la calificación de Estatutos de Cooperativas.
  • REGISTRO DE COOPERATIVAS: Cada Comunidad Autónoma dispone de un Registro de Cooperativas, cuyas funciones son las mismas que las del Registro Mercantil.

La firma electrónica le permite realizar trámites de forma segura con las Administraciones Públicas a través de Internet. Esto es imprescindible para la empresa, ya que los trámites de las personas jurídicas con la Administración Pública son de obligada realización por vía telemática. Existen diferentes firmas electrónicas: Izenpe, firma digital emitida por la Fábrica Nacional de la Moneda y Timbre (FNMT).

Declaración de alta en el I.A.E. Tributo que grava el ejercicio de actividades empresariales, profesionales o artísticas. La solicitud de alta, la liquidación y la recaudación de este impuesto se lleva a cabo en el ayuntamiento donde esté domiciliada la empresa o donde se ejerza la actividad empresarial.

Acto administrativo por el que la TGSS asigna a la empresa un número, el Código de Cuenta de Cotización Principal (CCC), para identificación y control de sus obligaciones en el respectivo Régimen del Sistema de la Seguridad Social. También hay que darse de alta en una Mutualidad de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales.

Comunicación de la apertura del centro de trabajo en Gobierno Vasco

Este libro estará a disposición de cualquier inspector de trabajo que acuda a nuestro domicilio social

Además de los trámites obligatorios para constituir los distintos tipos de empresas, también podemos, de manera opcional pero muy recomendable, registrar los diferentes signos distintivos de la empresa: marcas de productos, marcas de servicios, rótulos de establecimiento, patentes y modelos de utilidad, nombre comercial y logotipo. Estos trámites se realizan en diferentes registros, bien en el de la Propiedad Industrial bien en el de la Propiedad Intelectual.